
Deben ser accesibles. La LSSI (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico) establece lo siguiente, en su disposición adicional quinta:
Las Administraciones públicasadoptarán las medidas necesarias para que la información disponible en sus respectivas páginas de Internet pueda ser accesible a personas con discapacidad y de edad avanzada de acuerdo con los criterios de accesibilidad al contenido generalmente reconocidos antes del 31 de diciembre de 2005.
Deben ser accesibles. Según lo establecido por la LSSI en la disposición adicional quinta:
Asimismo, podrán exigir que las páginas de Internet cuyo diseño o mantenimiento financien apliquen los criterios de accesibilidad antes mencionados.
La ley no obliga a que sean accesibles. En cualquier caso, que un sitio web sea accesible aporta ventajas que van más allá de favorecer un acceso y navegación fáciles a personas con discapacidad, y es que permitirá mejorar la experiencia de todos los usuarios que accedan al sitio web.
Si quieres obtener más información, puedes leer el documento del Beneficios Auxiliares del Diseño Web Accesible publicado por el W3C (World Wide Web Consortium), organización de investigadores y desarrolladores de empresas del sector que se dedica a crear los estándares técnicos para el diseño y desarrollo web.